incentivos a la contratación indefinida

La Orden de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas públicas destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, dedica uno de sus programas al fomento de la conciliación de la vida laboral y familiar y a la creación de empleo estable e indefinido, incentivando a las empresas y a los autónomos a la contratación de empleados de sustitución ante obligaciones familiares como el embarazo, el cuidado de personas dependientes, etc y a las transformaciones de los contratos temporales en indefinidos.

Estos incentivos, en función del contrato de que se trate, pueden tener una cuantía desde 800 a 5.500 euros por contrato. Los incentivos concretos a los que se puede optar son los siguientes:

  1. Incentivos a la contratación para sustituir a las personas trabajadoras en los supuestos de riesgo durante el embarazo y periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento de menores.
  2. Incentivos a la contratación, en régimen de interinidad, para sustituir a las personas trabajadoras que se encuentren acogidas a una excedencia o reducción de la jornada de trabajo para el cuidado de hijos/as o de personas dependientes a su cargo.
  3. Incentivos a la ampliación a jornada completa de contratos en regimen de interinidad a tiempo parcial, para cubrir el puesto de una persona trabajadora en excedencia o reducción de jornada por cuidado de hijos o de personas dependientes a su cargo.
  4. Incentivos a las primeras contrataciones de carácter indefinido, o transformaciones de contratos de duración determinada en indefinido.

El plazo de solicitud de estos incentivos será de 2 meses
a contar desde el inicio de la relación laboral

Acceso al resumen elaborado por Fernández Abogados

BOJA nº 45 - 8 de marzo de 2010
Corrección de errores: BOJA nº 59 - 25 de marzo de 2010

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