Subvenciones
de la Diputación de Málaga destinadas al fomento y consolidación
del empleo autónomo
La
Diputación de Málaga, por Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha
27 de abril de 2010, al
punto número 5/13 de su orden del día
se aprobaron las Bases para la concesión de subvenciones destinadas al
Fomento y Consolidación de Empleo Autónomo en la provincia
de Málaga 2010. (BOP
nº 88; 11/05/2010). Estas
subvenciones podrán ser solicitadas por aquellas personas de la provincia
de Málaga que cumplan los requisitos fijados en esta convocatoria, y los
establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial
de Málaga y presenten solicitud de subvención para los siguientes
proyectos o actividades:
Podrán ser subvencionadas las solicitudes que tengan como finalidad el
fomento del empleo autónomo, presentadas por emprendedores/as, teniendo
preferencia aquellas personas con dificultades de acceso al mercado laboral, o
en desventaja social, siempre que estén debidamente acreditadas tales circunstancias,
que deberán cumplir en el momento de la presentación de la solicitud.
Se
consideran personas en situación de desventaja social aquellos colectivos
definidos como grupos vulnerables en los Planes de Acción para la Inclusión
Social del Reino de España del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Podrán
ser subvencionadas las solicitudes presentadas por autónomos/as que tengan
como finalidad la consolidación de proyectos de autoempleo, mediante
la creación de un puesto de trabajo, en el año 2010, entendiéndose
por proyecto en consolidación aquel que lleve menos de un año de
funcionamiento desde su alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
Gastos
subvencionables:
EN EL PROGRAMA DE FOMENTO DEL EMPLEO AUTÓNOMO:
-
Gastos de Seguridad Social de la/s persona/s contratada/s hasta un máximo
de 3 meses.
- Seguro
de autónomo/a hasta un máximo de 3 meses.
-
Arrendamiento de local utilizado para el desarrollo de la actividad empresarial
pudiendo imputarse el importe de una mensualidad.
-
Acondicionamiento, mobiliario del local y maquinaria.
-
Bienes consumibles no amortizables utilizados para el desarrollo de la actividad
empresarial.
-
Publicidad e imagen corporativa.
EN
EL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO:
-
Gastos de Seguridad Social de la/s persona/s contratada/s hasta un máximo
de 3 meses.
-
Acondicionamiento, mobiliario del local y maquinaria.
-
Bienes consumibles no amortizables utilizados para el desarrollo de la actividad
empresarial.
-
Publicidad e imagen corporativa.
Las
solicitudes podrán presentarse hasta el 1 de Junio de 2010