Ayudas
a mujeres y empresas de mujeres para el
Fomento y Mejora empresarial
Con
fecha 2 de febrero de 2010 (BOJA
nº 21) se ha publicado la nueva convocatoria de subvenciones a mujeres
y empresas de mujeres para el Fomento y Mejora empresarial, regulada por la
orden de 3 de junio de 2009 (Publicada el 19 de junio de 2009 en el Boja
nº 117).
El
Plazo para presentación de solicitudes empieza el día 3 de febrero
de 2010 y
finaliza el día 3 de marzo de 2010.
PODRÁN
TENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIAS:
- Las
empresas de mujeres que tengan abierta sede social, delegación o establecimiento
de producción en Andalucía
-
Que no posean más de diez trabajadores
-
Que su volumen de negocios anual no supere los dos millones de euros
-
Mujeres que estén en fase de iniciar una actividad autónoma o empresarial
en Andalucía con estas características, cualquiera que sea su forma
jurídica
-
Las sociedades cooperativas que cumplan los mismos requisitos establecidos en
el párrafo anterior con excepción de referido al número de
trabajadoras, cuyo máximo será 50.
Se
considera empresa de mujeres, aquella participada por mujeres al menos en el 51%
de su capital y cuya administración corresponda a una mujer.
PROYECTOS
SUBVENCIONABLES:
-
Inversiones en bienes de equipos, instalaciones, mobiliario y equipos informáticos.
-
Adquisición de software y aplicaciones informáticas necesarias para
el desarrollo de la actividad.
-
Servicios externos para elaboración e implantación de planes de
comercialización, gastos derivados del diseño y elaboración
de imagen corporativa de la empresa, así como los relativos al diseño
de marcas, anagramas, catálogos y logotipo de los productos y servicios,
incluidos soportes telemáticos.
-
Servicios externos de elaboración e implantación de Planes de igualdad,
de prevención de riesgos laborales y sistemas de calidad.
-
Gastos derivados de la asistencia técnica para la elaboración e
implantación de los proyectos que contribuyan a la generación de
empleo, la estabilidad y el crecimiento de las empresas, la cooperación
entre empresas de mujeres y el desarrollo sostenible.
-
Gastos de realización del material de promoción exclusivamente para
el lanzamiento de nuevos productos o la apertura de nuevos mercados y servicios
externos para la participación en ferias siempre que se trate de la primera
participación de la empresa en una determinada feria o exposición.
-
Adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos
técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados.
Se
considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad
a la finalización del período de justificación.
Más
información en el Instituto
Andaluz de la Mujer